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Finalmente la OIT tratará una denuncia de Luz y Fuerza Córdoba contra las leyes provinciales que modificaron el Convenio Colectivo

La sede del gobierno cordobés. (Foto: Gobierno de Córdoba).

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) acogió este jueves una denuncia del Sindicato de Luz y Fuerza de Córdoba y la CGT nacional contra el Gobierno y la Legislatura de la provincia por las leyes locales que modificaron el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) de la Empresa Provincial de Energía (EPEC) de manera unilateral.

Puntualmente, la OIT admitió la “queja por violación de la libertad sindical” que el gremio y la CGT presentaron ante el Comité de Libertad Sindical. ¿Qué significa? Que una serie de disposiciones del convenio colectivo que rige la tarea de los trabajadores de EPEC fueron modificadas sin participación del gremio representativo (Luz y Fuerza) y sin que se constituya una negociación paritaria, tal como lo establecen las leyes nacionales y los tratados internacionales a los que adhiere el país con rango constitucional.

La Pampa

Explica el sindicato cordobés que “el objeto de la denuncia se sintetiza en que las leyes 10.539, 10.549 y 10.548, todas ellas promulgadas durante el año 2018, atentan contra los derechos de libertad sindical y negociación colectiva, garantizados por convenios internacionales del trabajo ratificados por la Argentina, en la medida que se han suprimido derechos y beneficios establecidos en diversos artículos del Convenio Colectivo de Trabajo 165/75 “E”, aplicable a la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) y su personal”.

Epec

Las leyes en cuestión modifican las siguientes condiciones de trabajo:

-La 10.439 elimina la Bolsa de Trabajo para ingresar a trabajar en la EPEC  e introduce concursos para acceder a la empresa.

-La Ley 10.548 elimina el pago del consumo eléctrico de los trabajadores de EPEC e introduce una cobertura mínima de 150 kw/h, equivalente a la tarifa social provincial.

-La 10549 elimina un aporte al fondo compensador de las jubilaciones de los empleados de EPEC.

Río Cuarto - Empleo

Dice Luz y Fuerza que “mediante nota fechada 27 de mayo de 2021, dirigida a Gabriel Suárez, secretario General del Sindicato de Luz y Fuerza de Córdoba, la Jefa del Servicio de Libertad Sindical del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo de la OIT, Sra. Karen Curtis, comunicó que la queja planteada por violación a los derechos de libertad sindical y negociación colectiva (a la que se asignó en número de “caso” 3325), será transmitida de inmediato al Gobierno argentino para que éste envíe sus observaciones “tan pronto como sea posible” y “de conformidad con el procedimiento en vigor” dentro del sistema de control del cumplimiento de las normas internacionales del trabajo. En el caso, se trata de los Convenios Nº 87, 98 y 154 de la OIT”.

La Legislatura de la provincia de Córdoba.

Explica el gremio que “antes de remitir su respuesta a la Oficina Internacional del Trabajo, el Gobierno nacional requerirá al Gobierno de la provincia la información relativa a los hechos denunciados, con el objeto de presentar su descargo”.

“La admisión formal de la queja –expresa el sindicato-, si bien no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la violación normativa denunciada, le otorga verosimilitud al planteo del Sindicato de Luz y Fuerza de Córdoba acerca de la ilegitimidad e inconstitucionalidad de las leyes provinciales en cuestión, por violación de normas de jerarquía superior, como son la Constitución Nacional y los mencionados convenios internacionales del trabajo”.

Plantea Luz y Fuerza de Córdoba que “una vez reunida la información por el Comité de Libertad Sindical, su decisión podría tener suma trascendencia. Ello, en razón de que la reforma constitucional de 1994, al introducir los tratados internacionales en el sistema jurídico argentino con jerarquía superior a la leyes nacionales, otorgó eficacia vinculante a las interpretaciones de los organismos internacionales de control del cumplimiento de las normas de la OIT, como se ha puesto de manifiesto en diversas sentencias dictadas por la Corte Suprema de Justicia desde el 11 de noviembre de 2008, fecha en que dictó sentencia en la causa “Asociación de Trabajadores del Estado –ATE-c/Ministerio de Trabajo de la Nación”.

Por último, señala que “la admisión de la denuncia notificada por la OIT se inscribe en momentos en que legisladores de la UCR provincial, imbuidos de una extraña visión de la justicia social distributiva, han presentado un proyecto de ley (32.956/I721) que -en la misma línea que las leyes cuestionadas- pretende afectar el contenido del Convenio Colectivo 165/75 “E”. Concretamente, se propone suspender el pago de la Bonificación Anual por Eficiencia con el fin de trasladarlo al personal de salud pública de la provincia, olvidando que los trabajadores y trabajadoras de esa Empresa también han prestado servicios como “esenciales” durante toda la emergencia sanitaria”.

VER La OIT interviene en una denuncia del Sindicato de Luz y Fuerza contra EPEC por persecución sindical.

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1 Comentario

1 Comentario

  1. Bernardo

    18 junio, 2021 a 20:17

    Es excelente para el ciudadano común! La empresa EPEC era de los cordobeses y hoy es de sus empleados! Tenemos la energía más cara del país y ellos con beneficios como no pagar la energía en su casa, que si le agregas los salarios que tienen personas con 20 años de servicio por ejemplo entendés que lo que están haciendo es tratar de reducir el gasto! Ojalá sea posible

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