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El PJ, con apoyo de la UCR, buscará aprobar la ordenanza para Villa Belgrano y Argüello y habrá protesta vecinal

El intendente Daniel Passerini. (Foto: Prensa / Archivo).

El bloque de concejales de Hacemos Unidos por Córdoba (HUxC), con apoyo de la UCR, buscará aprobar este jueves la ordenanza que establece nuevas normas para el desarrollo inmobiliario en los barrios de Villa Belgrano y parte de Argüello, y en la costa norte del río Suquía, en el noroeste de Córdoba Capital. La iniciativa fue rechazada por los ediles del Frente Cívico y la izquierda. En lo central, la iniciativa permite vivienda colectiva -edificios- que, con la aplicación de algunas excepciones podría llegar a tres pisos de altura, a la vera del río Suquía y frente a la Reserva General San Martín. Lo mismo ocurrirá en buena parte del resto de los tres barrios. También se habilitarán actividades comerciales y de servicios frente al río y la reserva.

En tanto, los centros vecinales de los barrios Jardín Espinosa y Ampliación, El Refugio, Argüello, Cerro de las Rosas, Parque Chacabuco, Nueva Córdoba, Villa Warcalde y Alto Hermoso, Villa Belgrano, La Carolina, Nuevo Rosedal, Jardín, y Valle del Cerro; las asociaciones Red Ciudadana Nuestra Córdoba, Asociación Amigos de la Reserva Natural Urbana San Martín, Preservando el Parque de la Vida, Asociación Civil Alianza Clima, Vida y Salud Argentina; y los grupos de Vecinos Autoconvocados barrio Villa Belgrano, Villa Cabrera, Los Ángeles, Alejandro Centeno, y Defendamos Alberdi, convocaron a manifestarse este jueves, desde las 10:00, frente al Concejo Deliberante -Pasaje Comercio 447, de Córdoba Capital-, en rechazo a la nueva normativa. También exigirán “el freno a la destrucción de nuestros barrios, de su identidad y patrimonio arquitectónico y ambiental”.

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El oficialismo había logrado emitir despacho el miércoles pasado en la comisión de Legislación General. La propuesta impulsada por la Secretaría de Desarrollo Urbano del municipio legitima el avance de los desarrollos inmobiliarios y de comercio y servicios realizado hasta el presente y permite la densificación urbana de la zona limítrofe con el río Suquía y la Reserva General San Martín, la única zona protegida ambientalmente de la ciudad.

Cabe recordar que los vecinos de Villa Belgrano presentaron un recurso de amparo ambiental y pidieron una medida cautelar para que se detenga el avance de los megadesarrollos inmobiliarios, comerciales y de servicios en la zona, pero el planteo no fue admitido por la Cámara Contencioso Administrativa de Segunda Nominación que lo declaró “no admisible”. La resolución fue rubricada por las camaristas Daniela Sosa y María Soledad Puigdellibol.

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En las últimas horas, la abogada Marcela Fernández, representante del centro vecinal de Villa Belgrano, presentó ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) la apelación al fallo de la Cámara Segunda.

El proyecto de ordenanza que será considerado en la sesión de este jueves, en el Concejo Deliberante, es una evolución de la primera versión presentada a fines de 2023, luego de la presentación de un recurso de amparo por parte de los vecinos de Villa Belgrano, todavía durante la administración del ex intendente y ahora gobernador, Martín Llaryora. Se trata de un plan que modificaba la ordenanza 8256 de Ordenamiento Territorial en beneficio del sector desarrollista y que permitía la construcción en altura a la vera del río Suquía y frente a la Reserva General San Martín, única zona protegida ambientalmente en la ciudad. El despacho que debatirán los concejales, en lo básico, extiende el área de intervención para las empresas desarrollistas, además de Villa Belgrano, a los barrios Parque Modelo y parte de Argüello, este último en la lengua de territorio que se ubica entre la avenida Recta Martinoli y el río hasta el puente de Villa Warcalde.

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QUÉ DICE EL PROYECTO

En lo central, cambia las zonificaciones (que determinan que tipo de construcciones y alturas se habilitan). De este modo, extiende la zona F a todas las parcelas que dan al río Suquía desde la Circunvalación hasta el puente de Villa Warcalde, buena parte de ellas, ubicadas frente a la Reserva General San Martín, y otras frente a una zona que la AARSM reclama para extender la reserva. La ordenanza promueve construcciones colectivas -edificios- o individuales agrupadas -tipo housing- de 10,50 metros (planta baja y más dos pisos) frente al río, con una distancia de 35 metros respecto del curso de agua.

Imagen del plan de Hauss 115, en el barrio de Villa Belgrano. (Foto: Web Hauss115).

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Sin embargo, en el artículo 7 inciso d), la iniciativa del gobierno municipal prevé la posibilidad de una tercera planta de altura. Señala que “en el caso de parcelas “atípicas” en su morfología, topografía, localización, y/o en aquellos casos cuya afectación a continuidades viales obligatorias esté sujeta a consideraciones particulares, se podrán autorizar variaciones en la altura máxima de fachada, en el marco del artículo 25° de la presente Ordenanza -pueden ser autorizadas por el Departamento Ejecutivo-. Dichas variaciones, no podrán superar una planta, respecto de las previsiones de altura de la zona”.

Luego plantea que “las viviendas individuales agrupadas podrán materializarse sólo en caso de parcelas cuya superficie sea igual o mayor de 2.500 (dos mil quinientos) metros cuadrados” y que “las viviendas colectivas podrán materializarse sólo en caso de parcelas cuya superficie sea igual o mayor de 5.000 m2 (cinco mil metros cuadrados)”.

Respecto a la zona F5 (todo lo que no se encuentra a la vera del río Suquía, hasta la avenida Recta Martinoli), define que es una “(…) zona destinada a consolidarse con un uso residencial con vivienda individual, agrupada y colectiva, sujetas a condiciones particulares. Actividades comerciales y de servicio orientadas a la población barrial y/o sectorial. Zona que presenta características ambientales necesarias de preservar. Máximas restricciones al asentamiento de actividades industriales o asimilables”.

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Aquí determina como “altura máxima de edificación: 10,50 (diez metros con cincuenta centímetros), debiendo desarrollar planta baja y como máximo hasta 2 (dos) plantas”, pero vuelve a permitir un piso extra si aparece la figura de “parcelas atípicas”.

¿Cuándo y dónde sería parcela atípica? “Cuando en su morfología, topografía, localización, y/o en aquellos casos cuya afectación a continuidades viales obligatorias esté sujeta a consideraciones particulares, se podrán autorizar variaciones en la altura máxima de fachada, en el marco del artículo 25° de la presente Ordenanza. Dichas variaciones, no podrán superar una planta, respecto de las previsiones de altura de la zona, y sólo serán autorizadas en las siguientes vías: Av. Recta Martinolli; Av. Pedro Simón Laplace: en el tramo comprendido entre la calle Roberto Boyle al sur y Avenida Recta Martinolli al norte; y Av. Carlos Federico Gauss: en el tramo comprendido entre la calle Roberto Boyle al sur y Avenida Recta Martinolli al norte”.

Más adelante, específica que “las viviendas individuales agrupadas, podrán materializarse sólo en caso de parcelas cuya superficie sea igual o mayor de 2.500 (dos mil quinientos) metros cuadrados” y las “viviendas colectivas podrán materializarse únicamente en caso de parcelas cuya superficie sea igual o mayor a 2.500 (dos mil quinientos) metros cuadrados, (…) que posean frente a alguna de las siguientes arterias: Av. Recta Martinolli; Av. Pedro Simón Laplace: en el tramo comprendido entre la calle Roberto Boyle al sur y Avenida Recta Martinolli al norte; y Av. Carlos Federico Gauss: en el tramo comprendido entre la calle Roberto Boyle al sur y Avenida Recta Martinolli al norte.

Imagen aérea del barrio de Villa Belgrano, en Córdoba Capital. (Foto: Gentileza).

EQUIPAMIENTO COMUNITARIOS

En la zona F5, “los equipamientos comunitarios cuya superficie cubierta total supere los 1000 (mil) metros cuadrados, sólo serán autorizadas en parcelas frentistas a las siguientes vías: Av. Recta Martinolli; Av. Pedro Simón Laplace: en el tramo comprendido entre la calle Roberto Boyle al sur y Avenida Recta Martinolli al norte; y Av. Carlos Federico Gauss: en el tramo comprendido entre la calle Roberto Boyle al sur y Avenida Recta Martinolli al norte”.

SERVICIOS Y COMERCIOS FRENTE AL RÍO Y LA RESERVA

El artículo 7° del proyecto de ordenanza modifica el artículo 52°, “ZONA F, de la Ordenanza 8.256 y modificatorias”. Allí, al definir el “carácter urbanístico” de la Zona F, que es una “zona destinada a consolidarse con un uso residencial con vivienda individual, agrupada y colectiva, sujetas a condiciones particulares. Actividades comerciales y de servicio orientadas a la población barrial y/o sectorial. Zona que presenta características ambientales necesarias de preservar, por su condición frentista urbano ambiental Río Suquía. Máximas restricciones al asentamiento de actividades industriales o asimilables”.

[COBERTURA]

VER Los vecinos de Villa Belgrano apelarán la no admisión del amparo ambiental y dicen que el “fallo es regresivo y anacrónico”.

 VER Fallo polémico: La Justicia de Córdoba no admitió el amparo ambiental que presentaron los vecinos de Villa Belgrano.

VER Córdoba: Avanza un proyecto de ordenanza pro-desarrollista para Villa Belgrano y parte de Argüello.

VER Córdoba: “El proyecto de ordenanza ayudará a destruir Villa Belgrano, Argüello y otros barrios de la zona Noroeste”.

VER Villa Belgrano y Argüello: Villata denunció que el proyecto de ordenanza permite actividades comerciales y de servicios en la costa del río Suquía.

QUÉ PASA EN VILLA BELGRANO

Villa Belgrano es un barrio residencial, ubicado al noroeste de la ciudad. Sus límites los marcan el río Suquía por el sur y el este; la avenida Recta Martinoli por el norte; y la calle Lasalle por el oeste. Sin embargo, en la iniciativa legislativa oficial se extiende su límite oeste hasta la calle Tomás Garzón.

En la última década, su fisonomía, contexto ambiental y estilo de vida se han transformado progresivamente con los llamados “Housing” y emprendimientos inmobiliarios, algunos de ellos denominados “de altura”, con más de dos pisos, límite establecido para esta zona. También se ha intensificado el desarrollo comercial y de servicios.

Lechuzas en la Reserva San Martín. (Foto: Gentileza Francisco Ponticelli).

LA RESERVA SAN MARTÍN

La Reserva Natural Urbana San Martín fue creada en 2009. Anteriormente era el Parque San Martín. Está ubicada en el noroeste de la ciudad de Córdoba y tiene una superficie de 114 hectáreas enmarcadas por el Río Suquía y el Canal Maestro Sur.

Es la única área protegida de la ciudad. Su valor biológico está dado porque corresponde a una zona de transición entre dos ecorregiones: El Espinal y el Chaco Serrano.

Dentro de ese pequeño territorio lleno de vida, hay bosque nativo y es el hábitat, entre otros, de 17 especies de reptiles; 6 de anfibios; 9 de mamíferos; y 177 de aves. También habitan el río Suquía, 14 especies de peces, 12 son autóctonas y 2 introducidas.

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