La represión estatal ejercida en la Provincia de Jujuy ha colocado sobre el tapete un problema que dimensiona los riesgos que se ciernen sobre la democracia en nuestro país.
Por cierto, lo que acontece en Jujuy, no hace más que evidenciar una situación que viene ocurriendo en distintas provincias y regiones de nuestra patria y que marcan los limites, recortes y disputas entre quienes luchan por ampliar derechos del pueblo, y la reacción conservadora, política, económica y cultural de las minorías privilegiadas.
La reforma constitucional realizada por Morales tiene como núcleo el llamado “negocio del litio” y su concesión a precio irrisorio al capital extranjero, a cuyo fin desconoce, en todo o en parte, la propiedad comunitaria indígena (que está protegida por la Constitución Nacional) con el avasallamiento que ello conlleva.
En virtud de este objetivo de fondo impone una desembozada restricción de derechos, similar a las que en otras provincias se intenta con normas de menor jerarquía.
Con el supuesto argumento de proteger la circulación de bienes y personas, se monta una estructura jurídica de leyes y decretos que derogan el derecho a la libre expresión de las ideas y la manifestación pacífica y organizada.
Se mezclan deliberadamente hechos y situaciones del terreno de las contravenciones e infracciones con la abolición de derechos fundamentales, usando normas de apariencia constitucional y/o legal. Las normas que se están impulsando de este tipo, aprobadas o en trámite, se plantean desde la prohibición de la manifestación en el espacio público a la exigencia de autorización previa del ejercicio del derecho a peticionar y protestar, con delegación a funcionarios de gobierno para aprobar reuniones, su tamaño o establecer los lugares de realización.
En todos los casos pretenden retrotraer, el ejercicio de las libertades democráticas conquistadas, a criterios y reglas autoritarias empleadas por las Dictaduras, que generaron enormes daños a la sociedad en todos los planos.
Para motorizar estos proyectos, se pretende naturalizar las acciones represivas estatales contra el pueblo, claramente ilegales e inconstitucionales.
En todos los casos impulsan la estigmatización de las manifestaciones populares en defensa de sus derechos a fin de descalificar a priori y sin valoración de ninguna evidencia criminalizar todo tipo de reclamo, queja y protesta que se oponga a las imposiciones del poder.
Cuentan para ello con reservorios autoritarios que sobreviven en las fuerzas de seguridad y muestran en los hechos que mantienen aquellos métodos en su formación y actuación.
Para agravar esta situación, en el último tiempo funcionarios de las fuerzas de seguridad exponen sin tapujos datos que evidencian que dichos organismos realizan investigaciones sobre las organizaciones populares, sociales, sindicales y de oposición política.
En Córdoba, lo antes relatado también viene sucediendo y así lo demuestran una variedad de hechos, en los cuales han estado involucrados jefes oliciales, algunos jueces y autoridades de Gobierno. Que respondiendo implícitamente a la matriz ideológica de la doctrina de la seguridad nacional impulsan utilizar las instituciones del Estado Provincial para criminalizar la protesta.
Hay un piso democrático que no puede ser perforado bajo ninguna circunstancia: la manifestación, participación y libertad de expresión, la queja, aprobación, rechazo o protesta son todos derechos inalienables del pueblo garantizados por nuestra Constitución Nacional y el Bloque de Tratados Internacionales incorporados a la misma.
Asimismo, el uso del espacio público para manifestar y expresarse pacíficamente es constitutivo de la República Democrática y la plaza pública es un símbolo de la participación ciudadana.
Por lo tanto, no hay invocación a orden alguno que pueda justificar la supresión de los derechos y garantías constitucionales y especialmente los derechos del pueblo referidos a expresarse libremente, manifestar y protestar para hacer valer lo que considera justo.
Debe estar claro para el conjunto de la sociedad, que ninguna fuerza de seguridad o institución estatal bajo ningún argumento o pretexto puede realizar inteligencia interior, porque está expresamente prohibido por la Ley 25520, art.4 inc.2) “Ningún organismo de inteligencia podrá obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas u opinión política, o de la adhesión o pertenencia a organismos partidarios, sociales, sindicales, comunitarios, cooperativos, asistenciales, culturales o laborales, así como la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción”
Es ante el peligro antidemocrático, que encarnan estos proyectos autoritarios en curso que se torna indispensable encontrar caminos de unidad de acción en el sentido más amplio, por la vigencia irrestricta de la Constitución Nacional y el reconocimiento de la participación del Pueblo como fuente de la democracia, para su defensa, ampliación y profundización.
* Carlos Vicente es abogado y autor del libro “La Universidad en la Primavera Democrática”.
JUJUY: LITIO, REFORMA CONSTITUCIONAL Y REPRESIÓN
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