Tres de los cuatro partidos que componen Juntos por el Cambio (JxC) en la provincia reclamaron al gobernador, Juan Schiaretti, que convoque a elecciones y cumpla estrictamente con la Ley Provincial 10407. Es decir, que fije la fecha del comicio para elegir gobernador y vice en Córdoba, entre 30 y 180 días antes de la finalización de su mandato, el próximo 10 de diciembre. Llevado al almanaque, las elecciones deberían realizarse entre el domingo 11 de junio y el domingo 5 de noviembre.
Para que el comicio se realice antes de junio, debe modificarse el Código Electoral Provincial. Si bien el oficialismo cuenta con mayoría propia en la Legislatura para lograrlo, en el centro cívico provincial no hay acuerdo aún entre los principales dirigentes sobre la conveniencia de hacerlo. Pese a ello, la última decisión está en manos del propio Schiaretti. El planteo de JxC busca condicionar esa resolución y evitar el adelantamiento del calendario electoral.
Dos grupos son los más activos por el adelantamiento: El Llaryorismo y los intendentes. Dirigentes cercanos al intendente capitalino confiaron que el jefe comunal y candidato a gobernador de Hacemos por Córdoba, busca adelantar los comicios al mes de mayo para separarlos “lo más posible” de los nacionales.
En tanto, la nota elevada al mandatario provincial, dice que “los partidos políticos Unión Cívica Radical (UCR), Propuesta Republicana (Pro) y Frente Cívico de Córdoba, ante las especies que se hacen circular por parte de su candidato a la sucesión, Martín Llaryora, en relación a la fecha de las elecciones generales provinciales”, reclaman que “se cumpla estrictamente con la Ley Provincial 10407, -sancionada bajo su Gobierno-, sujetando la fecha del comicio al art. 164 del Código Electoral Provincial”.
Argumenta la principal oposición provincial que “es imprescindible para los participantes en la contienda democrática, saber cuándo se vota, a fin de preparar sus programas, candidatos y campaña electoral, con adecuación a la fecha”.
Señala también que “en nuestra Provincia, es la Ley la que indica desde cuando se vota y no el humor del gobernador de turno, indicando la norma, que no puede superar los ciento ochenta días anteriores a la finalización de los mandatos”.
Más adelante, expresa que “No se puede votar “cuando más nos convenga”, según reiteradas expresiones oficialistas, sino cuando la Ley lo dispone”.
Expresa que “en su último mandato como Gobernador, ha dado Ud. muestras de respeto por la institucionalidad, negándose a cambiar leyes que su mismo gobierno promulgó, circunstancia que resaltamos” y precisa que “si en el año 2007, al inicio de su gobierno, resultó necesario cambiar las reglas de juego electorales, hoy 2023, al retirarse, será una virtud democrática, respetar la Ley 10407, que usted mismo impulsó”.
QUÉ DICE EL CÓDIGO ELECTORAL PROVINCIAL
Artículo 164: “La elección del Gobernador y Vicegobernador debe realizarse, como mínimo, con treinta (30) días de anticipación a la fecha de finalización del mandato y, como máximo, dentro de los ciento ochenta (180) días de esa fecha”.