Los legisladores del Bloque Construyendo Córdoba, los radicales Dante Rossi y Sebastián Peralta, presentaron un proyecto de ley reclamando la intervención del Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep). Solicitan que la medida se extienda por el término de sesenta (60) días, “dejando a salvo la representación de los partidos políticos, atento su carácter de sujetos de derecho público, y del director elegido por la Asociación de Usuarios”.
La iniciativa legislativa propone la designación como interventora del organismo de la presidenta de la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos de la Unicameral, Ileana Quaglino (Hacemos Unidos por Córdoba), quien “deberá cumplir su función sin percibir ningún tipo de retribución económica”.
Plantea el proyecto de los legisladores de la UCR que “la interventora deberá realizar una auditoría y revisión técnica, jurídica y económica que evalúe el cumplimiento” de una serie de temas.
Entre ellos, enumera el estudio de la “razonabilidad y legalidad de los estudios técnicos que avalaron el 314 % de aumento anual de la boleta de Aguas Cordobesas (en el último año); la legalidad de la resolución que suspendió el procedimiento habitual de audiencias públicas previas al aumento de tarifas, cuando dicho requisito está expresamente establecido en el artículo 20 segundo párrafo de la Ley 8835; la actuación del presidente del organismo, Mario Blanco, quien esta largamente excedido en su mandato; y los Estudios técnicos que avalaron el aumento del transporte interurbano durante el corriente año”.
Rossi dijo que “el Ente Regulador de Servicios Públicos –ERSeP- ha dejado desde hace mucho tiempo de defender a los usuarios para proteger a las empresas. El aumento del 314 % en un año de la boleta de Aguas Cordobesas es una muestra que confirma nuestra aseveración”.
Argumenta el legislador de la UCR que “el organismo llamó a una audiencia pública el 16 de enero del corriente año a los efectos de eliminar las mismas. Ello se convalidó a los dos días mediante la resolución pertinente, con lo cual se habilitó un procedimiento sumarísimo para autorizar los aumentos pedidos por las empresas prestatarias de servicios públicos, sin ningún tipo de audiencia pública”.
Afirma que “este procedimiento es absolutamente contrario a lo prescripto por el artículo 20 segundo párrafo de la Ley 8835, que menciona que para modificar cuadros tarifarios de los servicios públicos, “en forma previa a su implementación, la autoridad regulatoria deberá convocar, en forma obligatoria, a la audiencia pública prevista en el presente artículo”. Es decir, que el ERSEP por una simple Resolución modificó una ley”.
Por otra parte, asegura que “el presidente del organismo ha excedido largamente su mandato, y actúa fuera del marco normativo, lo que tornan nulas sus disposiciones. Tal como se puede observar en la misma página del organismo, en el currículum expuesto por su Presidente, ocupa ese cargo desde el 2011.El artículo 26 de la Ley 8835 dice con claridad que los miembros del Directorio “durarán cinco años en sus funciones, siendo reelegibles por una sola vez”.
Concluye apuntando que “frente a todas estas irregularidades presentamos esta iniciativa buscando que se intervenga el organismo por el lapso de 60 días a los efectos de que se corrijan las cuestiones mencionadas, y el ERSEP vuelva a cumplir con el rol por el que fuera creado mediante la Carta del Ciudadano –Ley 8835- que era el de defender a los usuarios de servicios públicos frente a posibles abusos de parte de las empresas prestatarias”.
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