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Violencia de Género: El TSJ debe rectificar una condena a una madre por el homicidio de su hijo

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De a poco, el Poder Judicial empezó a mirar los conflictos sociales con las anteojos de la perspectiva de género y en algunos -contados- casos hasta revisa sus propias decisiones. Hoy el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba deberá dictar una nueva sentencia para Paola Céjas, luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejara sin efecto la que recibió en 2010, que la envió a prisión perpetua por el homicidio de su hijo de dos años, en Villa del Totoral.

Paola y su ex pareja Mauricio Casas fueron condenados como “coautores” por el delito de “homicidio agravado por el vínculo” por la Cámara Cuarta del Crimen integrada por jurados populares. En el juicio quedó establecido que Casas golpeaba al niño y era violento. Pero el Ministerio Público Fiscal consideró que ambos tienen igual responsabilidad.

La defensa de Cejas interpuso un recurso de casación que fue rechazado por el TSJ. Luego, un recurso extraordinario llevó el caso al máximo tribunal de la nación, quien consideró que la mujer, madre de tres hijos, era “víctima de violencia de género y fue precisamente en virtud de este extremo que no pudo actuar para evitar que su pareja golpeara a su hijo y le causara la muerte”.

La lectura de la nueva sentencia tiene fecha y hora fijada: será hoy a las 12.30. Estará a cargo de la Sala Penal del TSJ integrada por los jueces Sebastián López Peña, María Marta Cáceres de Bollati y Domingo Sesin. Se espera que el tribunal dicte un veredicto más benévolo con la mujer.

EL CASO

Mauricio Casas, de 2 años, murió el 4 de junio de 2008 producto de golpes recibidos en su casa. Fue Paola quien lo llevó al hospital de Villa del Totoral, casi desvanecido, con un cuadro de convulsiones. Tras su muerte, los médicos y paramédicos que lo habían socorrido observaron marcas producto de malos tratos. Según la autopsia, el niño presentó golpes en la cabeza, el tórax y miembros inferiores.

En el juicio se hizo visible la violencia que existía en la pareja. Antes de la sentencia, ante el jurado popular, Paola dijo que se arrepentía de haber callado “por miedo”.  Acusó a su pareja de ser quien golpeaba al niño, con un trato especial ya que “dudaba de su paternidad”. Dijo que ella no había querido denunciarlo por temor a que le sacaran la guarda de sus hijos (dos niñas de 5 y 6 años, por entonces). Antes de la muerte de Mauricio, la pareja ya había perdido la guarda del pequeño.

La fiscal Laura Battistelli dijo en su alegato que “no interesaba quién lo había golpeado” y consideró que ambos tenían la misma responsabilidad. Lugo de las exposiciones, jurados populares por unanimidad consideraron culpables a los padres, lo que significa que recién a 35 años de haber sido dictada la sentencia, pueden pedir la libertad condicional.

VIOLENCIA DE GÉNERO

En noviembre de 2012 los abogados defensores de Cejas, Sergio Carlos Martínez y Alfredo Clemente Gutiérrez, llevaron el caso al TSJ, que rechazó la petición. En el dictamen el tribunal recoge los argumentos de la defensa, pero sin embargo vota en contra. El escrito dice: “Cejas no tenía capacidad de autodeterminarse, pues no se encontraba en condiciones de poner un freno a la conducta de Casas, de enfrentarlo. Los defensores señalan un cúmulo de circunstancias, que ponen en evidencia que Cejas se encontraba desbordada. La violencia física ejercida por Casas sobre Cejas, la mala relación con la familia de Casas, la duda que habían instalado acerca de la paternidad de la víctima, sumado a la atención de sus tres hijos, las características especiales de este niño, las constantes amenazas de que no vería más a sus hijas. A lo que se suma que se encontraba sola, sin contención familiar, su dependencia total (económica, afectiva, psíquica), el estado de pobreza, su escasa instrucción (analfabeta). Todo ello pone en evidencia la vida de frustraciones y miserias”.

El caso fue llevado a la Corte por el asesor letrado del Ministerio Público de la Defensa, Sebastián Ruiz Moreno, ahora fiscal de la Cámara Séptima. El máximo tribunal dictaminó el año pasado, con los votos de los jueces , que “asiste razón a Cejas” ya que “se eludió responder a su planteo relacionado a que no existía prueba de que hubiera realizado acciones que causaran el resultado muerte”. Agrega que “la prueba testimonial producida en el debate demostraba que su pareja era quien tenía una personalidad agresiva y que Cejas podía sólo ser tenida como partícipe primaria con base en la omisión de actuar en resguardo de su hijo”.

ANTECEDENTES

A mediados de mayo la fiscal Mercedes Balestrini ordenó el cese de prisión para  Dayana Gorosito, de 21 años, imputada  por el homicidio de su beba recién nacida. La joven pasó un año detenida. Ahora esperará en libertad, junto a su hijo de cuatro años, que comience el juicio en la que está imputada por “homicidio agravado por el vínculo”. Su ex pareja, Luis Oroná, seguirá detenido con la misma acusación. La calificación para ambos es la misma, pero Dayana está imputada bajo la modalidad de “omisión”, es decir por no haber impedido el crimen materializado por Oroná. Las pruebas con las que Dayana llega a juicio indican que fue presionada y que vivía en un contexto de violencia doméstica.

waldo.cebrero@enredacción.com.ar

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