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La Justicia levantó la intervención de Hotesur y Los Sauces de la familia Kirchner

El Hotel Alto Calafate de la firma Hotesur. (Foto: Gentileza).

El Tribunal Oral Federal 5 de la CABA dispuso ayer levantar las intervenciones de los establecimientos “Los Sauces” y “Hotesur”, propiedad de la familia Kirchner, la cual volverá a tener la administración de esas firmas, informaron fuentes judiciales.

La medida, que alcanza también al “Condominio Máximo Kirchner y Florencia Kircnher”, fue dispuesta por los jueces Adrián Grunberg y Daniel Obligado, mientras su colega Adriana Palliotti votó en disidencia.

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En el fallo se ordenó además la designación de veedores informantes en las sociedades para que controlen su manejo. Esos veedores “deberán vigilar la conservación del patrimonio, resguardar que los bienes que lo componen no sufran deterioro, comprobar entradas y gastos de dinero”, entre otras cuestiones.

Los jueces que votaron por mayoría hicieron hincapié en la extensa duración de las intervenciones y detallaron que, tras su disposición original, fueron prorrogadas.

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Al respecto afirmaron también que hay una “evidente colisión entre las intervenciones judiciales oportunamente dispuestas y el derecho de propiedad de las partes imputadas”.

El TOF 5 tiene a su cargo el juicio abierto por denuncias de sospechas de lavado de dinero mediante esas propiedades.

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Los jueces dijeron que la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y sus hijos Florencia y Máximo Kirchner “se encuentran amparados/as por el reconocido principio constitucional de inocencia”.

“Es dable advertir que la gravosa medida cautelar aquí en estudio -si bien permitida por el anteúltimo párrafo del artículo 23 del Código Penal en orden a asegurar un futuro y eventual decomiso- debido a su prolongada extensión temporal, entra plenamente en colisión con el goce del derecho de propiedad”, añadieron Grunberg y Obligado en la resolución que dejaron trascender las fuentes tribunalicias.

“La intervención judicial con facultades de información, administración y recaudación que pesa respecto de Hotesur S.A, se ha extendido por más de tres años”, precisaron.

Y añadieron que “resulta insoslayable destacar que en el caso de la intervenciones de Los Sauces SA y de la Sucesión de Néstor Kirchner, estas se mantienen desde hace más de cuatro años y tres meses”.

La medida, reseñaron, se hizo extensiva al “Condominio Máximo Kirchner y Florencia Kirchner hace tres años y diez meses, siendo que la más actual de ellas, data de hace más de un año y diez meses, y consiste en la intervención del “Hotel Los Sauces–Casa Patagónica” decretada por este Tribunal –aunque con distinta integración- con fecha 26 de junio de 2019.

Los magistrados destacaron en el fallo que “teniendo en cuenta el tiempo en que los interventores dispuestos por la justicia han desplegado su tarea, que las razones que habilitaron oportunamente su procedencia y pertinencia a adoptar la medida más restrictiva –como son las vigentes- han mermado y que se encuentran en vigencia las medidas cautelares mencionadas (…); corresponderá dejar sin efecto la intervención judicial con facultades de información, administración y recaudación”.

“Ante el panorama expuesto, entendemos que para resolver la cuestión deviene insoslayable atender a los principios de razonabilidad y de proporcionalidad que constituyen baremos imprescindibles del quehacer jurisdiccional”, ampliaron.

Los jueces resolvieron a la vez “disponer veedores informantes respecto de las personas jurídicas” mencionadas.

En ese sentido libraron oficio a la AFIP para que designe los “veedores informantes, quienes deberán vigilar la conservación del patrimonio, resguardar que los bienes que lo componen no sufran deterioro, comprobar entradas y gastos de dinero, informar si se verifica por parte de los socios la extracción de dinero como crédito con la sociedad y/o adelantos o retiros de la caja chica, y hacer saber a esta judicatura toda irregularidad que adviertan en la administración”.

Los abogados defensores Carlos Beraldi y Ary Llernovoy habían efectuado una presentación para que “se fije un plazo máximo de 60 días para la finalización de las intervenciones judiciales dispuestas”.

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