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La Justicia determinó que una joven mujer sufrió violencia obstétrica en una clínica

La Justicia determinó que una mujer sufrió violencia obstétrica en una clínica. (Foto: Gentileza).

El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 4.° Nominación de la ciudad de Córdoba consideró que una joven madre fue víctima de violencia obstétrica, física y psicológica, cuando dio a luz a su hija, ya sin vida, en la clínica del Sol de la capital provincial.

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En consecuencia, la jueza Mariana Wallace emplazó a las autoridades del nosocomio para que en 30 días presenten un protocolo de capacitación en la temática destinado tanto a los profesionales de la salud como al personal administrativo; un protocolo de expedición de certificado de defunción fetal; y un protocolo que garantice a las mujeres contar con la información necesaria respecto de los derechos que le asisten antes, durante y con posterioridad al parto, con o sin vida, incluso tratándose de abortos. Por ello, la clínica deberá publicar información sobre la temática en lugares visibles como salas de espera, barandillas y páginas web.

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Por su parte, ayer, la Clínica del Sol, emitió un comunicado sobre la resolución judicial. Allí dice que “respetar a la mujer y su embarazo es una premisa básica de nuestra institución. Por eso, la pérdida de un embarazo en curso es una situación que siempre se lamenta”.

Agrega que “como se comprenderá, la confidencialidad de la información y el secreto profesional impiden contestar públicamente y de manera detallada los hechos y las consideraciones que se han publicado; con los cuales discrepamos”.

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Puntualiza luego que “para no prolongar la situación, ni generar una revictimización de la paciente en algo que ha sentido en su fuero más íntimo, a sabiendas del dolor que genera la pérdida gestacional, hemos decidido no recurrir la sentencia, a pesar de que, desde nuestra institución entendemos que el proceder profesional y humano fue correcto y adecuado”.

Sigue diciendo que “reiteramos algo que ya hemos dicho en el expediente judicial respectivo: lamentamos lo ocurrido con la paciente y la acompañamos en su dolor, como lo hemos hecho desde el primer día de su atención” y apuntan, finalmente, que “en la clínica existen protocolos internos que se condicen con los estándares protectorios hacia la mujer”.

LA RESOLUCIÓN JUDICIAL

El tribunal concluyó que, durante el parto, la mujer no fue debidamente informada sobre su situación de salud ni respecto a quién fue el profesional que la asistió. “No se puede pensar en un trato personalizado (lo que involucra de algún modo la intersubjetividad) desconociendo quién fue el/la profesional que la asiste. A D. F. P. no se le reconoce su condición de sujeto interlocutor”, expresó la magistrada.

La resolución señala que la damnificada “se encontró con un desenlace no asumido emocional ni racionalmente, por no haber sido acompañada en su singularidad”. También destaca que la joven mujer “no contó con el acompañamiento, durante la totalidad del parto, de una persona de su confianza”.

“D. F. P. transitó en la clínica un proceso de parto en las antípodas del parto humanizado, se le proporcionó un parto deshumanizado y deshumanizante. El comportamiento de la clínica con posterioridad a tal evento, que gira en torno a la entrega de los restos del alumbramiento sin vida y la documentación correspondiente, fue cuando menos negligente y cruel”, afirmó la jueza Wallace.

La magistrada, además, declaró que en el nosocomio se realizaron prácticas obstétricas sin previa consulta y sin ofrecer ningún tipo de información sobre sus implicancias, lo que implicó una infantilización de la paciente, que anuló e inhibió todas sus posibilidades de tomar decisiones sobre su salud sexual y reproductiva.

Por otra parte, el tribunal señaló que como consecuencia del parto ocurrido en 2016 la damnificada todavía no puede afrontar la hipótesis de proyectarse en una futura maternidad y vincula tal imposibilidad al trauma que se le generó. Por esta razón, la jueza dispuso que el nosocomio deberá costear un tratamiento psicológico para la mujer que le permita sobrellevar lo vivenciado.
La resolución también hace una mención especial a una enfermera que no pudo ser identificada, pero que habilitó a la paciente a ejercer su derecho a estar acompañada por una persona de su confianza, al menos, de modo intermitente.

“Cabe rescatar, en un marco de inhumanidad extrema, la figura de una enfermera que, diferenciándose de sus pares y cuerpo médico, trató a D. F. P. con la dignidad que se merece en la circunstancias de parto, y dentro de sus posibilidades laborales (…) no todo está perdido en la clínica, hay, al menos, una enfermera que merece ser reconocida por desempeñarse a la altura de la circunstancias. Pese a desconocer su identidad, no puede menos que poner en valor su figura, mano tendida que la sostuvo y evitó la caída de D. F. P. a un abismo más profundo”, destacó por último la jueza Wallace.

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