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Ganancias, un impuesto nefasto, injusto y confiscatorio

La sede central de AFIP, en Buenos Aires.

Desde hace años, a los trabajadores y a los jubilados de la República Argentina se les aplica un impuesto nefasto,  injusto y confiscatorio: el impuesto a las Ganancias.

La Pampa

Distintos gobiernos de turno hicieron anuncios de eventuales actualizaciones del piso y de las escalas de este tributo.

Hubo casos de políticos que, en campaña, prometieron que los trabajadores (y por ende los jubilados) en sus gobiernos no pagarían impuesto a las Ganancias, pero llegaron al poder y no cumplieron esa promesa asumida con el pueblo.

Epec

Con el paso de los años, cada vez son las los activos y pasivos que pagan ganancias.

La clase trabajadora y los jubilados esperan que gobernando en la actualidad el peronismo al país, se lleve adelante una profunda y necesaria reforma tributaria, que prevea entre otras cosas, la eliminación de la categoría cuarta del impuesto a las Ganancias.

Río Cuarto - Empleo

El impuesto en sí mismo debe existir. Pero debe ser aplicado a los sectores que si generan ganancias, y justamente no son los trabajadores y los jubilados  quienes ganan fortuna justamente.

En la práctica, este tributo termina siendo otra forma de recorte en los salarios y en las jubilaciones.

Los activos que logran paritarias dignas no terminan viendo recompuesto su salario efectivamente, sino que observan con un preocupante grado de resignación, como terminan pagando cada vez más impuesto a las Ganancias.

Las paritarias, en vez de mejorar el poder adquisitivo del trabajador, terminan significando un aumento en la recaudación del impuesto a las Ganancias por parte del Estado.

Esto también afecta a los jubilados por ende, quienes además de tener que tributar ganancias, padecen otros tipos de recortes en sus haberes, como por ejemplo por leyes que así lo disponen.

Durante la Pandemia de Coronavirus se dispuso por ley del Congreso que no tributen Ganancias (como si fuera un logro o un enorme mérito), algunas actividades esenciales durante un lapso de tiempo.

¿Por qué han quedado afuera de esta ley los trabajadores cordobeses de la Epec (Empresa Provincial de Energía de Córdoba), del transporte urbano de pasajeros, del personal de salud, y de otras actividades que brindan también servicios esenciales? ¿Acaso son trabajadoras  y  trabajadores de segunda clase para el Estado?

Es muy importante, que los trabajadores estatales, como los del sector privado logren en breve paritarias dignas.

El poder adquisitivo de los mismos se ha visto muy deteriorado por el atraso en las recomposiciones salariales, por la inflación que no se detiene, pero también por la continuidad de la aplicación del nefasto, injusto y confiscatorio impuesto a las Ganancias.

Esperamos una pronta decisión política de fondo, que de pronta solución a esta problemática de los trabajadores y de los jubilados.

* Carlos Emanuel Cafure es abogado laboralista.

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