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Frente al conflicto, EPEC pediría al Ministerio de Trabajo la aplicación de la ley anti-huelgas

Trabajo convocó a EPEC y los tres sindicatos de Luz y Fuerza. Comunicaría su decisión sobre el ámbito de negociación del Convenio Colectivo.

El titular de EPEC, Luis Giovine en la Legislatura. (Imagen de Archivo / Gentileza Prensa Legislatura de Córdoba).

El titular de EPEC, Luis Giovine en la Legislatura. (Imagen de Archivo / Gentileza Prensa Legislatura de Córdoba).

Dengue - La Pampa
Epec

El Ministerio de Trabajo convocó para hoy, a las 16, a los representantes de EPEC y de los tres gremios de Luz y Fuerza (Córdoba, Regional y Río Cuarto). El encuentro fue llamado formalmente para comunicar la decisión oficial frente a la impugnación de los sindicatos de Luz y Fuerza respecto a que ese no es el ámbito de discusión de un Convenio Colectivo de Trabajo de alcance nacional. Sin embargo, ni la empresa, ni los gremios van a la reunión con intención de escuchar sólo esa resolución: EPEC analiza pedir la aplicación de la ley anti-huelgas como consecuencia de las medidas de fuerza que aplica el sindicato; y el gremio de Córdoba planteará que se ponga en funcionamiento “un ámbito de discusión por la necesidad del normal funcionamiento de la compañía”, algo que considera en riesgo como consecuencia de las medidas empresarias, a la que califica de “lockout” patronal.

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Si finalmente la empresa concreta lo que aseguran fuentes del gobierno provincial, esto es el pedido de aplicación de la ley anti-huelga en el caso de EPEC, será el debut de esta normativa local. Además producirá una escalada del conflicto, porque seguramente involucrará a otros actores del mundo laboral y se extenderá al ámbito judicial.

Hasta ahora, los trabajadores no atienden al público en los centros comerciales, dado que llevan adelante asambleas en protesta por el cierre de 59 cajas de cobro y la tercerización de las cobranzas, pero más allá de las necesidades financieras que pueda plantear la compañía, no se trata de una actividad esencial para la prestación del servicio eléctrico.

Para la Organización Internacional del Trabajo (OIT)  la definición de servicio esencial es la siguiente: “los servicios cuya interrupción podría poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de la persona en toda o parte de la población”. El servicio eléctrico se encuentra incluido como servicio esencial dentro de las resoluciones de la organización. Sin embargo, la prestación del servicio de electricidad no es obligada en su totalidad, de lo contrario se impediría el ejercicio del derecho de huelga. La discusión es hasta dónde se condiciona la huelga. Los ejemplos internacionales resguardan por ejemplo, la prestación del servicio de energía a hospitales, centros de salud o sistemas de seguridad, y defensa, pero no es obligación la prestación total del servicio. Si aquí se aplicara un criterio similar, es improbable que se reparen líneas residenciales o comerciales que salgan de servicio o se coloquen medidores o se restituya el servicio o se restablezca el servicio general frente a la aparición de alguna falla, salvo en lo que respecta a las funciones señaladas.

En cambio, en la provincia de Córdoba, se aprobó en 2017 la Ley 10461 y el Ejecutivo la reglamentó hace algunas semanas, condicionado de modo amplio el derecho de huelga. En la Comisión Técnica, es decir la que debe definir los alcances del servicio a prestar durante una medida de fuerza, fue designado el abogado Guillermo Maisuls, que fue interventor de la Asociación de Trabajadores del Estado (1980 y 1984) y asesor del Ministerio de Trabajo de la Nación durante la dictadura.

Ya en el artículo 1° de la Ley 10461, titulado “Garantías mínimas”, se adelanta una doctrina que en la práctica impide la realización de medidas fuerza: “Cuando el ejercicio de una medida de acción directa involucre o comprometa la interrupción o suspensión de actividades que pueden tener consecuencias para el goce de los derechos constitucionales a la vida, a la salud, a la seguridad, a la justicia y el acceso a la energía eléctrica, al gas y al agua potable, sea por tratarse de servicios esenciales (Ley Nacional Nº 25877), relaciones de empleo público o prestaciones de servicios públicos, debe garantizarse un conjunto básico de prestaciones y personal a fin de asegurar su continuidad y regularidad, bajo las pautas y modalidades previstas en la presente Ley”. Algunos sindicatos, según esta normativa, se verían impedidos de protestar salvo de palabra, con lo que se violaría el derecho constitucional de huelga, asegurados además en los tratados internacionales a los que adhiere nuestro país.

La conformación de la comisión propuesta por el gobierno provincial hace prever escasa permeabilidad a las opiniones sindicales.

EL GREMIO PIDE EL DESPIDO DE LOS GERENTES

La asamblea del Sindicato de Luz y Fuerza de Córdoba mantuvo ayer la medida de no atención en los centro comerciales de EPEC, afectados por la medida de la tercerización de la cobranza, y sumó asambleas de dos horas por turno sin afectar el servicio a partir del dái de hoy. El jueves habrá una nueva asamblea.

En ese contexto, el gremio resolvió:

-Reclamar la puesta en funcionamiento de un ámbito de discusión por la necesidad del normal funcionamiento de E.P.E.C.

-Exigir allí “la  inmediata  revisión  y  eliminación  de  las Resoluciones 81083 (Viáticos), 81084  (Reemplazos, Traslados, y Cubrimientos), 81085 (Contratación de Psiquiatras), 81086 (Horas Extras)”, y generar un “ámbito que permita el control compartido entre los signatarios del Convenio 165/75 vigente, para eliminar y evitar el mal funcionamiento de la E.P.E.C”.

Luz y Fuerza también demanda  la convocatoria a la Comisión de salario en el ámbito del Consejo de Empresa, con carácter de urgencia, solicita “la puesta en funcionamiento de una comisión de trabajo sobre la Gestión Comercial dentro de la Ley 10.304 (Plan Quinquenal), aprobada por la Legislatura Provincial”, y “dejar sin efecto cualquier acto de persecución a los trabajadores a través de Actas Notariales infundadas, tratando de cambiar el eje del conflicto que no es ni técnico ni convencional, es económico a causa de una mala gestión empresarial”.

Finalmente, el gremio reclama que con el objetivo de reducir el gasto de EPEC, se eliminen “de inmediato todos los contratos innecesarios, tanto de gerentes, como de asesores, consultoras y  terceros”.

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