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Los trabajadores y el derecho a la vivienda

Vivienda sociales. (Imagen ilustrativa).

Me pregunto, como ciudadano y trabajador, cuándo los gobiernos provincial y nacional van a poner en marcha, con medidas concretas lo que disponen la Constitución de la Provincia de Córdoba (artículo 58) y la de la Nación (artículo 14 bis in fine), respecto del acceso a la vivienda para los ciudadanos argentinos. Porque este es un derecho humano que debe ser garantizado y respetado.

La Pampa

El derecho al acceso a la vivienda se encuentra también estipulado en normativas de rango internacionales, entre los que se puede citar el artículo 25, inciso uno, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda…”; el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: “Toda persona tiene el derecho a un nivel de vida adecuado para sí misma y para su familia, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuadas…”; el artículo 27 (inciso tres) de la Convención sobre los Derechos del Niño; el artículo 14 (inciso h) de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; artículo quinto (inciso c) de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; y el párrafo 61 del Programa de Hábitat (Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos), entre otros. Veamos este problema desde el punto de vista de mejorar la calidad utilizando la técnica de los juegos en línea. Los juegos populares en línea han estado utilizando durante mucho tiempo tecnología que los involucra de manera muy fuerte y completa.

Epec

Me parece muy bien que se ayude a la gente de pocos recursos como política de asistencia social del Estado a los más necesitados, pero debemos recordarles a los gobernantes que la Constitución Nacional también habla del derecho a la igualdad de los ciudadanos (artículo 16).

Es decir; de su texto se deduce que en Argentina no debe haber ciudadanos de primera, de segunda o de tercera clase, aunque en la práctica así nos sentimos tratados.

Realmente, genera una profunda decepción la clase política argentina, tanto los oficialistas como los que se dicen opositores, pero que poco hacen en la práctica para solucionar muchos problemas reales que tenemos los ciudadanos.

No existen verdaderas políticas de Estado que permitan al trabajador acceder a la vivienda familiar, de modo que la clase media argentina se convierte en una fábrica de inquilinos.

Es gracioso y hasta absurdo, ponerse a estudiar las inalcanzables líneas de créditos hipotecarios que ofrecen tanto los bancos estatales como los privados, cuyas condiciones terminan siendo tan burocráticas y con requisitos tan difíciles de cumplir que sólo muy pocos las pueden tomar.

Los trabajadores quieren pagar su casa y no lo pueden lograr porque los gobernantes se lo impiden.

En un país con tantas riquezas y posibilidades de vivir con dignidad, parece que trabajar es considerado un castigo, y, en ciertos casos, somos tratados como los enemigos de la política.

De lo contrario, no se entiende por qué los trabajadores no tenemos acceso a la vivienda, por qué nos confiscan nuestros sueldos con el impuesto a las ganancias, por qué nos reprimen por ejercer el derecho a huelga, porqué  se busca quitarnos derechos y conquistas,  porqué se ataca nuestro salario, porqué se ataca nuestra jubilación, como ha pasado en muchas oportunidades y como sigue sucediendo en la actualidad.

Una pregunta: ¿adónde van a parar nuestros impuestos y adónde se destinan las sumas multimillonarias que se descuentan por el Impuesto a las Ganancias?

¿Por qué no vuelven a los trabajadores argentinos en forma de planes de viviendas populares?

La clase política argentina sigue en deuda en este y en muchos otros derechos constitucionales que tenemos los argentinos.

* Carlos Emanuel Cafure es abogado.

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