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El 35% cree que la educación sexual es función de las familias y no de la escuela

Lo revela una encuesta de la consultora Gustavo Córdoba y Asociados. Mientras que el 43,6% opina que tanto padres como escuela deben cumplir esa función.

La ESI es resistida aún por el 35% de los argentinos. (Foto: Heng Films / Unsplash).

Pese a que la Ley 26.150 de Educación Sexual Integral (ESI) tiene ya doce años de vida, un 35 por ciento de los argentinos sigue considerando que esta función es una prerrogativa exclusiva de las familias y no del Estado. Es decir, poco más de un tercio de los habitantes del país, al menos 15 millones de personas, rechaza los alcances de la ESI.

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Luego aparecen dos grupos: uno mayoritario, que opina que la responsabilidad es de “ambos por igual” (familias y escuelas), que representa un 43,6%; y otro que deriva “principalmente en la escuela o colegio” la función de la ESI, con un 16,8% del total.

Gustavo Córdoba y Asociados realizó la encuesta en todo el país, entre el 23 y 24 de noviembre último, con un total de 1.200 casos y un error muestral de +/- 2,83 por ciento.

Si bien se discute una modificación a la actual ley en el Congreso, que es resistida por grupos confesionales ligados a las Iglesia Católica y Evangélica, entre otros credos, el artículo 1° define que “Todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal. A los efectos de esta ley, entiéndase como educación sexual integral la que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos”.

La modificación que se busca, plantea que la ESI debe ser “respetuosa de la diversidad sexual y de género, con carácter formativo, basada en conocimientos científicos y laicos, en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada”.

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Mientras que el artículo 2, de la ley vigente creó “el Programa Nacional de Educación Sexual Integral en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, con la finalidad de cumplir en los establecimientos educativos referidos en el artículo 1º las disposiciones específicas de la Ley 25.673, de creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable; Ley 23.849, de Ratificación de la Convención de los Derechos del Niño; Ley 23.179, de Ratificación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que cuentan con rango constitucional; Ley 26.061, de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y las leyes generales de educación de la Nación”. Sin embargo, no se aplica en todos los establecimientos educativos del país.

En el tercero, la ley establece que “los objetivos del Programa Nacional de Educación Sexual Integral son: a) Incorporar la educación sexual integral dentro de las propuestas educativas orientadas a la formación armónica, equilibrada y permanente de las personas; b) Asegurar la transmisión de conocimientos pertinentes, precisos, confiables y actualizados sobre los distintos aspectos involucrados en la educación sexual integral; c) Promover actitudes responsables ante la sexualidad; d) Prevenir los problemas relacionados con la salud en general y la salud sexual y reproductiva en particular; e) Procurar igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres”.

Aquí, el objetivo que se pretende agregar afirma: “Asegurar la igualdad de trato y oportunidades, la no discriminación y un acceso igualitario a la educación sexual integral para las diversas identidades de género y orientaciones sexuales”.

El otro artículo cuestionado por los grupos religiosos, es el 5°. Actualmente establece que “las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal garantizarán la realización obligatoria, a lo largo del ciclo lectivo, de acciones educativas sistemáticas en los establecimientos escolares, para el cumplimiento del Programa Nacional de Educación Sexual Integral. Cada comunidad educativa incluirá en el proceso de elaboración de su proyecto institucional, la adaptación de las propuestas a su realidad sociocultural, en el marco del respeto a su ideario institucional y a las convicciones de sus miembros”.

En cambio, el proyecto de reforma, indica que cada comunidad educativa incluirá, en su proyecto institucional, a la educación sexual integral de manera transversal y a través de espacios curriculares específicos. “Los contenidos que hacen a la aplicación de la presente ley y de las resoluciones del Consejo Federal de Educación deberán incluirse en la currícula y en la modalidad de todos los niveles educativos de forma obligatoria, constituyéndose en disposiciones de orden público, independientemente de la modalidad, del entorno o del ámbito de cada institución educativa, sea de gestión pública o privada”.

LA ENCUESTA

Encuesta Gustavo Córdoba & Asociados.

Para el 82,2% tiene “un alto grado de importancia el hecho de que las escuelas dicten la ESI” y para un 15.3% “no es importante”.

Luego, el trabajo observa que “las opiniones están divididas en cuanto a cuál debería ser el principal objetivo de la ESI que se imparte en las escuelas. El 30% dice que debe apuntar a prevenir enfermedades de transmisión sexual (ETS); el 29,1% que debe educar para que tengan libertad de elección; el 25,4% que debe servir para reducir embarazos no deseados y sólo el 8,9% que debe reducir la violencia de género entre adolescentes. Es decir, que pese a que en el país hay un femicidio cada 29 horas, el tema no es prioritario o principal en la agenda social.

FEMINISMO

La encuesta también midió la opinión sobre el feminismo. El 53,6% lo percibe como “una cuestión de igualdad entre hombres y mujeres”, el 27,1% lo relaciona con la lucha contra la violencia de género, el 7,2% como “una revancha de mujeres contra los hombres” y un 6,6% cree que “amenaza los valores tradicionales de la sociedad”.

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