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Córdoba: Indultarán a los multados por manejar con carnés emitidos en municipios sin centros habilitados

Imagen ilustrativa. (Foto: Gentileza).

El gobierno provincial informó que indultará a los conductores multados por conducir con carnés emitidos en 12 municipios que no tienen centros habilitados para tramitarlos y que fueron entregados con posterioridad al 20 de julio de 2023. Cabe recordar que estos carnés “no habilitan para conducir en la jurisdicción provincial” y que los conductores deben obtener la licencia en localidades con centros habilitados. Están en condiciones de emitir carnés los municipios y comunas que adhieren al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (RePAT) y al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (ReNAT)

A través de un comunicado de prensa, la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito de la Provincia, dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo, informó que “todas aquellas licencias de conducir otorgadas por municipios y comunas, que no se encuentran adheridas al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (RePAT) ni al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (ReNAT), y que fueron emitidas con posterioridad al 20 de julio de 2023, no habilitan para conducir en la jurisdicción provincial”.

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Agrega que “tal como establece el artículo 13, de la Ley Provincial de Tránsito N° 9.169: “La Licencia de Conducir debe tramitarse en la Municipalidad o Comuna donde el solicitante posea domicilio, con la única condición de que las mismas apliquen el Sistema Único de Emisión de Licencias de Conducir y se las registre en el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito””.

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Y precisa que “El solicitante que posea domicilio en una jurisdicción que no se ajuste a la condición establecida en el párrafo anterior, tendrá la opción de obtener la Licencia de Conducir en una jurisdicción distinta a la de su domicilio que sí la aplique”. Es decir, el trámite debe hacer en una localidad que adhiera a los requisitos establecidos en la ley nacional.

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Luego indica que “en atención a los recientes casos en que distintos ciudadanos resultaron multados por violación al art. 13 de la ley 8560 (TO 2004) Código 212 Tipo “G” (Conducir sin licencia habilitante) conforme Resolución n°26 de fecha 29/08/2024 (B.O.), esta Autoridad de Aplicación ha resuelto sobreseer a todos los ciudadanos cuyo domicilio -según su Documento Nacional de Identidad- coincida con domicilio del respectivo Centro Emisor, entendiendo que la sanción por el atraso del gobierno local en adecuar su Centro Emisor a lo dispuesto por la Ley 10.859, no debe en este caso recaer sobre el ciudadano”.

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Cabe recordar que en total son 126 los municipios y las comunas no adheridos, pero sólo 12 de ellos tienen centros emisores de licencias no habilitados.

Los 12 municipios y comunas que emiten licencias no válidas a septiembre de 2024 por no estar adheridas al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (Repat) ni al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (Renat), son los siguientes:

-Malagueño.

-Toledo.

-Rafael García.

-Falda del Carmen.

-La Serranita.

-Villa del Prado.Potrero de Garay.

-Valle de Anisacate.

-Villa Parque Santa Ana.

-La Paisanita.

-La Rancherita.

-Villa Ciudad América.

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