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Al informe del gobierno sobre bosques nativos le falta información sobre desmontes e incendios

Un informe de Nación pide a la provincia correcciones a un informe técnico sobre los bosques nativos de Córdoba.

La Pampa
Epec

El documento que fue distribuido los legisladores durante la última reunión conjunta de comisiones Asuntos Ecológicos; Agricultura, Ganadería y Recursos Renovables; Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología e Informática; y Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos, de la Legislatura provincial y al que accedió ENREDACCIÓN, señala avances de parte de la provincia de Córdoba en el tema, pero índica una serie de inconsistencias sustanciales que deben ser remediadas. Los items que necesitan correcciones de distinto grado son doce.

Se trata del informe técnico de la Dirección de Bosques del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que lleva la firma del asesor técnico Martín Mónaco, y que fue emitido a partir de la presentación del documento “Proceso de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la Provincia de Córdoba 2016”. La recomendaciones realizadas por la Nación no habrían tenido aún una contrapartida de parte de la provincia de Córdoba.

Carmen Nebreda, legisladora provincial de Córdoba Podemos dio a conocer el documento. “En la reunión conjunta de comisiones, este informe se presentó como un aval de la Nación por parte de los representantes de Unión por Córdoba. Pero, en realidad, el texto tiene fuertes críticas sobre el proceso de actualización de la información. Además, se indican otras deficiencias importantes en los criterios de valoración de estos datos”, explicó.

“Nosotros vamos a plantear con fuerza este tema al inicio de la próxima reunión de comisión que se realizará el lunes. Porque aclarar estos puntos y contar con la información adecuada es sustancial para poder avanzar en el proyecto de participación y debate ciudadano que propone la Coordinadora en Defensa del Bosque Nativo (CoDeBoNa)”, adelantó Nebreda.

La legisladora advirtió que “en el último informe de la Nación sobre la actualización que se está trabajando en la provincia se señala la falta de datos importantes sobre áreas quemadas durante los últimos cuatro años (2014-2017) y áreas desmontadas (el proyecto sólo tiene en cuenta cifras correspondientes a los años 2014-2015)”.

Se trata de información relevante, ya que la ley N°26.331 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos obliga a las jurisdicciones provinciales a considerar en la misma condición de protección a todos los territorios que hayan sufrido desastres naturales o la intervención humana.

La ley de bosques que debe tratar la provincia de Córdoba y que se encuentra en discusión en la Legislatura, debe determinar que territorios con especies nativas deben ser protegidos de manera total o parcial y en qué parcelas es posible la actividad económica. Cómo ya existe una ley, la 9814, uno de los pasos es actualizar los mapas de bosques nativos -que son las especies autóctonas de esta región geográfica-, un procedimiento que se debe efectuar cada cinco años. Esa fotografía, a la que obliga la ley nacional, es la que determina si la autoridad de aplicación -la Secretaría de Ambiente de la provincia- cumplió con la ley o no. Córdoba adeuda esa herramienta, con lo cual no se sabe a ciencia cierta si hay más o menos bosques nativos que cuando fue sancionada la Ley en 2010, un dato que la nación retrotrae a 2007, cuando entró en vigencia la Ley 26.331. A su vez, ese mapa no puede ser validado unilateralmente, sino que requiere de un doble estándar: técnico y participativo.

QUÉ CORRECCIONES PIDE NACIÓN

En primer lugar afirma que “La actualización del OTBN provincial constituye un proceso integral que involucra la revisión de las leyes y normativas con injerencia en el mismo, el ajuste de la zonificación en base al análisis de los diez criterios de sustentabilidad establecidos en la Ley N°26.331 y la cartografía resultante, además de la realización de un proceso participativo mediante el cual se sometan a discusión pública las decisiones tomadas a nivel técnico-legal y político”.

Agrega que “en el marco de los procesos considerados adecuados a partir de la Ley 26.331 y su normativa complementaria, que establecen lineamientos y pautas para el desarrollo de los OTBN provinciales y sus actualizaciones y para su presentación ante la Autoridad Nacional de Aplicación, la Dirección de Bosques considera que “se destaca la conformación de un equipo técnico interdisciplinario e interinstitucional para llevar a cabo las tareas propias del proceso de actualización del OTBN provincial, además de la inclusión de distintos actores involucrados en el proceso a través de la una mesa de diálogo. La utilización de una metodología de evaluación multicriterio para la valoración y ponderación de los criterios de sustentabilidad ambiental del anexo de la Ley 26.331 y posterior determinación de las categorías de conservación de los bosques nativos representa un avance en relación a la metodología utilizada en el primer proceso de OTBN”.

Sin embargo, luego de esa afirmación, focaliza que “en referencia al empleo de evaluación multicriterio para la valoración y ponderación de los CSA (Criterios de Sustentabilidad Ambiental), se destaca que las mismas tienen como fin dar soporte a la zonificación establecida y a la toma de decisiones. Para poder evaluar el uso de dicha herramienta es necesario analizar los criterios empleados, la información relativa a la valoración de dichos criterios y la ponderación realizada. En particular, en el caso de los OTBN, se evalúan los siguientes aspectos: consideración de la totalidad de los CSA establecido en la Ley 26.331, información de base empleada, sustento técnico, valoración comprensible y replicable de los CSA y justificación de ponderación asignada, para lo cual el proceso participativo cumple su rol fundamental”.

Posteriormente, afirma que “teniendo en cuenta este marco, se realizan las siguientes observaciones sobre la documentación preliminar de la actualización del OTBN de la provincia de Córdoba:

Primera página del informe de la Dirección de Bosques del Ministerio de Ambientes y Desarrollo Sustentable de la Nación.

La segunda página, con algunas de las observaciones técnicas.

-Se  detallan los datos recopilados y se presenta un anexo en el que se describen las “capas fuentes” utilizadas en el OTBN. Al respecto, cabe mencionar hace falta contar con las referencias de estas descripciones, para la interpretación de las capas (forestal, de cuencas hídricas, de fauna protegida, etc. Se llaman capas porque superponen entre sí para corroborar su actuación sinérgica) presentadas, como por ejemplo, la imagen raster clasificada con la cobertura vegetal 2016, que no presenta leyenda.

-Capas de áreas quemadas 2003-2013: resulta relevante contar con información actualizada sobre fuegos e incendios posteriores al año 2013. Esto puede obtenerse a partir del análisis de series temporales de imágenes satelitales para el período de interés.

-Capa de Infracciones (Desmontes 2014-2015): es de importancia contar con información actualizada sobre desmontes desde la fecha de sanción de la Ley N° 26.331 (desde2007) hasta la actualidad. Al igual que en el caso de las áreas quemadas, la información mediante el análisis de imágenes satelitales correspondientes a dicho período.

-Capa de Área de Sierras Chicas: resulta necesario validar el proceso de ordenamiento realizado por el IPLAM para la zonificación, la ubicación y categorización de la misma en la provincia.

-Capa de planes de Conservación y Manejo: esta capa se menciona como fuente de información para la valorización del criterio “Estado de conservación”. Se observa que la categorización en la que aparecen los planes de manejo y conservación, en ciertos casos, no coincide con la zonificación de bosques nativos realizada en el marco de la OTBN provincial. Es necesario contar con una explicación sobre los criterios utilizados para la confección de dicha capa.

-Con respecto a la capa de infracciones, se ponen a disposición los resultados de monitoreo de pérdida de bosques nativos realizado por la Unidad de Manejo del Sistema de Evaluación Forestal (UMSEF) de esta Dirección de Bosques para el período 2007-20015, a fin de que los mismos puedan ser incorporados al análisis.

-Las áreas identificadas como bosque nativo, que hayan sufrido cambio de uso, sea por incendio u otras causas, en la actualización deberán ser consideradas como bosque y mantener su categoría de conservación de acuerdo a lo establecido por el artículo 40 de la Ley 26331″.

Qué dice el artículo 40° de la Ley 26.331: “En los casos de bosques nativos que hayan sido afectados por incendios o por otros eventos naturales o antrópicos que los hubieren degradado, corresponde a la autoridad de aplicación de la jurisdicción respectiva la realización de tareas para su recuperación y restauración, manteniendo la categoría de clasificación que se hubiere definido en el ordenamiento territorial”.

Esto significa que deben ser clasificados en la misma categoría en que se encontraban y no sin especies nativas.

EL MODELO MULTICRITERIO

En otro de los tramos, en el apartado denominado Acerca del Desarrollo del modelo multicriterio aparecen más pedidos para remediar el informe. Señala que “La valoración y ponderación de los diez CSA (Criterios de Sustentabilidad Ambiental)  tiene como fin contribuir a la evaluación de aspectos o condiciones de los bosques o su entorno que determinan su valor de conservación. En el documento en cuestión -el informe técnico de la provincia de Córdoba- se menciona la utilización de determinadas capas de información para la valoración de cada criterio, aunque estas no siempre responden a la naturaleza del criterio descripto, como por ejemplo, la capa de cobertura vegetal 2016, la capa de especies de fauna de alto valor de conservación y la capa de Regiones naturales para valorar el criterio 10 “Valores que las comunidades indígenas y campesinas dan a las áreas boscosas o sus áreas colindantes”.

Luego, en referencia “al Mapa de cobertura digital, es necesario disponer de las coberturas digitales para poder realizar la verificación de superficie correspondiente. Se recuerda que la definición de bosques nativos a utilizar, está plasmada en las pautas establecidas en la Resolución COFEMA N°230/12”.

A continuación se presentan las observaciones y comentarios específicos acerca de la información presentada para la valoración de cada criterio en particular:

-Superficie y Vinculación con otras comunidades naturales: se menciona la utilización de las mismas capas para la valoración de ambos criterios (Mapa de cobertura vegetal 2016 y Especies de fauna de alto valor de conservación), pero no se especifica cómo se procesará la información para lograr, a partir de los mismos datos, la valoración de dos criterios de sustentabilidad con distintas implicancias.

La última de las páginas de la respuesta de Nación a la provincia.

-Vinculación con áreas protegidas e integración regional y conectividad entre ecoregiones: se sugiere la utilización de la capa de “corredores biogeográficos” presentada en el anexo del informe (Inciso 9, Áreas de alto valor ambiental). Con respecto a esta capa de información, la misma unifica corredores definidos para las regiones de chaco árido y caldenal. Cabe mencionar que está disponible, para su consulta el informe “Corredores ecológicos para el chaco argentino”, elaborado por la ex- SAyDS (2014), así como las coberturas digitales resultantes.

-Estado de conservación y potencia forestal: se solicita mayor claridad respecto de la relación que se establece entre las capas de datos del área bajo riego y capacidad de uso del suelo con los CSA (Criterios de Sustentabilidad Ambiental) citados.

-Potencial de conservación de cuencas: no se hace referencia a la utilización de la capa de cuencas hidrográficas en formato shape (mapa en Sistema de Información Geográfica) provista por la Secretaría de Recursos Hídricos, mencionada en la sección de análisis de datos obtenidos. Esta capa vectorial permitiría simplificar el análisis, ya que integraría la información correspondiente a las curvas de nivel, el mapa de pendientes y el modelo digital de elevación (DEM) del Instituto Geográfico Nacional.

-Valor que las comunidades indígenas y campesinas dan a las áreas boscosas o sus áreas colindantes: las capas de información que se mencionan para la determinación de este criterio no son pertinentes para la valoración del mismo. Resulta necesaria la incorporación de información referente a la localización de comunidades indígenas y campesinas (disponible a través del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas) y/o de sitios de valor histórico y cultural”.

HOY REUNIÓN DE COMISIONES EN LA LEGISLATURA

Se reúne nuevamente las comisiones de Asuntos Ecológicos; Agricultura, Ganadería y Recursos Renovables; Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología e Informática; y Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos. Deben abordar, entre otros temas, la respuesta del gobierno provincial al modelo participativo elaborado por la CoDeBoNa (Coordinadora de Defensa del Bosque Nativo). El sistema de consulta sirve, entre otros puntos, para verificar la información técnica disponible. Por ejemplo, dirimir si un área presenta controversia respecto del mapa o el informe técnico. Son regionales, porque permiten focalizar el análisis de las diferencias sobre mapas o criterios existentes.

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