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Acuerdo salarial: El SUOEM logró el reconocimiento de la inflación de 2022 y 2023

El secretario General del SUOEM, Rubén Daniele. (Foto: Gentileza).

Finalmente, el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Córdoba (SUOEM) y el gobierno de Martín Llaryora llegaron a un acuerdo salarial hasta octubre del año que viene, que contempla incrementos equivalentes a la inflación de todo el período, que se abonarán mensualmente. De este modo, se cerró el largo conflicto de los municipales en reclamo de mejoras salariales y laborales. A su vez, Llaryora alejó cualquier tipo de conflicto sindical hasta que pasen las elecciones del año que viene.

La propuesta oficial fue tratada en asambleas en todos los lugares de trabajo por los empleados de la comuna capitalina y aprobada.

La Pampa

El SUOEM destacó que “se logró un retroactivo; los salarios se van a recomponer por la inflación del período, sin importar cuánto marque el índice; y de acá hasta fin del año que viene, los salarios se van a ajustar por inflación prácticamente todos los meses”.

El conflicto se inicio a mediados del mes pasado y puso en jaque el funcionamiento de la comuna con asambleas y quite de colaboración, a la par que las movilizaciones impactaron en la vida cotidiana y comercial del centro de la ciudad durante ese tiempo.

Ruben Daniele, el líder de los trabajadores municipales, había señalado en las distintas asambleas que se realizaron en el tiempo en el que se extendió el plan de lucha del SUOEM, que el objetivo gremial era que el salario municipal no perdiera valor frente a la inflación.

Epec

Los detalles del acuerdo son los siguientes:

-El convenio tiene vigencia entre el 1° de julio de 2022 y el 31 de octubre de 2023.

-El porcentaje de incremento será equivalente a la totalidad de la inflación producida en el período.

-Impacta sobre todos los ítems del salario.

-La inflación se recompone del siguiente modo:

a) Inflación de julio: retroactivo al 1° de septiembre, pagadero el 20 de octubre (remunerativo).

b) Inflación de agosto: sueldo de octubre (remunerativo).

c) Inflación de septiembre: sueldo de noviembre (remunerativo).

Río Cuarto - Empleo

d) Inflación de octubre: el 13 de enero de 2023 con el refrigerio, retroactivo al 1° de diciembre (no remunerativo).

e) Inflación de noviembre: sueldo de enero 2023 (remunerativo).

f) Inflación de diciembre: sueldo de febrero 2023 (no remunerativo).

g) Inflación de enero 2023: con el sueldo de marzo 2023 (remunerativo).

h) Inflación de febrero 2023: sueldo de abril 2023 (no remunerativo).

i) Inflación de marzo 2023: sueldo de mayo 2023 (remunerativo).

j) Inflación de abril 2023: sueldo de junio 2023 (no remunerativo).

k) Inflación de mayo 2023: sueldo de julio 2023 (remunerativo).

l) Inflación de junio 2023: sueldo de agosto 2023 (no remunerativo).

ll) Inflación de julio 2023: sueldo de septiembre 2023 (remunerativo).

m) Inflación de agosto 2023: sueldo de octubre 2023 (no remunerativo).

n) Inflación de septiembre 2023: sueldo de noviembre 2023 (remunerativo).

ñ) Inflación de octubre 2023: sueldo de diciembre 2023 (no remunerativo).

-El aguinaldo incluye todos los ítems del mejor sueldo del período. A su vez, en el sueldo de enero 2023, se liquidará la diferencia del SAC correspondiente al salario de diciembre.

-Con los salarios de octubre 2022 se incrementarán las asignaciones familiares con la inflación de enero 2022 a agosto 2022. En adelante, comenzarán a actualizarse automáticamente por inflación.

-Material didáctico de los docentes: Se calcula sobre el básico de febrero más el porcentaje remunerativo de febrero más el porcentaje no remunerativo del mismo mes.

-Jubiladas y jubilados cobrarán de la siguiente manera:

-Octubre: 5% + ajuste por diferencia.

-Noviembre: 6,56%

-Diciembre: 6,24%

-Enero 2023: 5,36%

-Marzo 2023: inflación de noviembre.

-Mayo 2023: Inflación de enero.

-Junio 2023: inflación de octubre y diciembre.

-Julio 2023: inflación de marzo.

-Septiembre 2023: inflación de febrero, abril y mayo.

-Noviembre 2023: inflación de julio.

Diciembre 2023: inflación de junio y agosto.

-Los reajustes se realizan utilizando el índice de precios al consumidor de la Provincia de Córdoba.

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